Foetra firma un Acta a la medida de Telefonica

11/09/08

Foetra firma un Acta a la medida de Telefonica

GRAVÍSIMO!!!

Se ha presentado en el Ministerio de Trabajo un acta acuerdo, con fecha 02/09/08, firmada por la Directiva de Foetra con Telefónica SA donde se avanza hacia la flexibilización laboral: la jornada de trabajo extendida a 9 horas diarias y la movilidad horaria y funcional (polifunción). Se trata del expediente Nº 1.289.025.

Esta “acuerdo” contempla el pase a convenio Foetra de un conjunto de trabajadores encuadrados en Fopsta, pero introduciendo en el convenio Foetra 547/03 “E”, las condiciones de trabajo y la jornada laboral extendida de Fopsta.

Con este acta se crean “dos nuevos grupos laborales” (“Técnico Superior” y “Administrativo Superior”) con “un régimen de trabajo especial” (Punto 5º del acta) que “procurara realizar todas las funciones”. Tambien se crean nuevas categorías “X, Y y Z” para las cuales se exceptúan los artículos referentes a la jornada de trabajo de 7Hs (6:30 en el caso de trafico) que tanto sacrificio y luchas costaron conseguir. La jornada de trabajo para estas nuevas categorías “será de 40 horas semanales con 1 hora adicional (..) para descanso” (cláusula 4). La jornada de trabajo pasa a ser de 9 Hs diarias o lo que es peor 9 horas diarias que pueden ser distribuidas semanalmente por la empresa según sus necesidades “siendo facultad de la empresa establecer los horarios, el escalonamiento de los horarios de ingreso y sus eventuales modificaciones” (punto 4). Se impone, así la nefasta “movilidad horaria” que tanto reclamaban las empresas.

¿Pero por que la directiva de Foetra firmó esta acta sin consultar a los trabajadores, a las asambleas de base o al plenario de delegados?

Bajo la forma de una “mayor amplitud de funciones” para “realizar el conjunto de las tareas del grupo y sector”, se introduce la polifunción de lleno. Esta cláusula de valor convencional es un llamado a desconocer el conjunto del convenio al que se pretende incorporar a estos trabajadores. El mayor peligro es que este acuerdo, inconsulto, le permite a la empresa meter por la ventana lo que no pudo meter por la puerta principal. Además “se constituirá una comisión empresa-gremio para determinar en un futuro quienes podrán acceder a estos nuevos grupos laborales” (cláusula 7). Dos jornadas laborales dentro del mismo convenio, la flexibilización laboral y horaria reconocida. ¿Por qué crear este antecedente tan negativo aunque hoy abarque a un pequeño sector?

Nuestra agrupación propone: que se retrotraiga el acta firmada y se someta a la deliberación del conjunto del gremio telefónico. Que se incorpore a los trabajadores de Fopsta y Upjet, correspondientes al convenio Foetra, con la categoría 6. SI a la recategorización mejorando el convenio. NO a la Rebaja del actual. Cese de los aprietes para los retiros voluntarios y la prejubilación. Que se abra la deliberación en todos los edificios y sectores para fijar posición sobre esto y como enfrentar la ofensiva de las patronales. Por la reapertura de las paritarias para discutir el salario licuado por la inflación.

AGRUPACION CLASISTA TELEFONICA
LISTA NARANJA

Link a la versión impresa del volante [PDF] [JPG]

[Link al Acta]

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